Skip to main content
Skip to main content.

Servicios de intérprete

Acceso a los servicios de intérprete

La Corte Superior de Mono ha ampliado el acceso a los servicios de intérprete. Los servicios de intérprete están disponibles para todos los siguientes tipos de casos obligatorios:

  • Civil: proporcionados por la corte en función de la prioridad del servicio
  • Penal: la corte siempre proporcionará intérpretes
  • Delincuencia/Dependencia juvenil: proporcionados por la corte en función de la prioridad del servicio
  • Audiencias de competencia mental con un abogado designado: proporcionados por la corte en función de la prioridad del servicio
  • Tránsito: proporcionados por la corte en función de la prioridad del servicio

Los intérpretes proporcionados por la corte no brindan asesoramiento legal y no pueden ayudar a las partes a llenar o presentar sus formularios de la corte.

Prioridad de servicio para casos civiles, de derecho familiar y otros

Los servicios de intérprete están disponibles por prioridad de tipo de caso de la siguiente manera:

  1. Orden de protección solicitada en casos de violencia en el hogar de derecho familiar, en casos de abuso físico o negligencia de ancianos o adultos dependientes, o en casos de acoso civil.
  2. Retenciones ilícitas.
  3. Terminación de la patria potestad.
  4. Tutela de un adulto o de un menor.
  5. Acciones de un padre para obtener la custodia legal o física exclusiva de un niño o para temas de régimen de visitas.
  6. Casos de abuso de ancianos y adultos dependientes que NO involucren abuso físico o negligencia, o todos los demás actos procesales de acoso civil.
  7. Todos los demás casos de derecho familiar (es decir, casos de derecho familiar que no involucren violencia en el hogar, custodia legal o física exclusiva o régimen de visitas).
  8. Todos los demás casos civiles (según la disponibilidad de los intérpretes).

Comuníquese con el coordinador de intérpretes al (760) 924-5444, de 9:00 a. m. a 12:00 p. m., De lunes a viernes (excepto los días festivos de la corte) para obtener más información.

Preguntas frecuentes

Si está involucrado en uno de los tipos de casos indicados anteriormente, puede pedir un intérprete al secretario en el mostrador o en la sala de la corte. También puede solicitar un intérprete imprimiendo y llenando el Formulario de solicitud de intérprete (en español) y llevándolo a la oficina del secretario , o llene y envíe este formulario por correo electrónico utilizando la dirección de correo electrónico que se encuentra en el formulario.

Es importante notificar a la corte lo antes posible si se necesita un intérprete. Si espera hasta la fecha de audiencia, es posible que deba esperar hasta que se puedan comunicar con un intérprete. Si no hay un intérprete disponible en el momento de su audiencia, su caso se puede aplazar hasta que se le pueda asignar un intérprete.

La corte no le proporcionará un intérprete, excepto en los tipos de casos indicados anteriormente. Si necesita un intérprete que lo ayude a comprender lo que se dice durante uno de estos actos procesales de la corte, debe traer un intérprete certificado, registrado o calificado provisionalmente para que le interprete. No puede traer a nadie menor de 18 años para que le interprete. Para obtener una lista de intérpretes calificados, consulte el sitio web del Consejo Judicial, Buscar un intérprete.

La corte le proporcionará un intérprete de lenguaje de señas para cualquier audiencia en la corte que pueda tener. La corte también le proporcionará un intérprete de lenguaje de señas si se le llama para servir como jurado. Dígale a un secretario en el mostrador o en la sala de la corte lo antes posible si necesita un intérprete de lenguaje de señas. Para obtener más información sobre esta y otras necesidades de acceso y modificaciones, visite la página de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés) en este sitio.

Debido a los recursos limitados de intérpretes certificados y registrados en todo el estado, la corte a veces puede proporcionar un intérprete calificado provisionalmente (no certificado, no registrado para las áreas obligatorias indicadas anteriormente). Como intérprete de la corte, desempeñará un papel clave en nuestras cortes de primera instancia al interpretar para los acusados, litigantes y testigos, lo que ayudará a asegurar el acceso a las personas con dominio limitado del inglés (LEP, por sus siglas en inglés). Para obtener más información sobre cómo convertirse en intérprete de la corte, visite el sitio web del Consejo Judicial, Programa de intérpretes. O comuníquese con el coordinador de intérpretes al (760) 924-5444.

La Corte Superior de Mono entiende que sin la asistencia lingüística adecuada, los usuarios de la corte con dominio limitado del inglés (LEP) pueden ser excluidos de una participación significativa en el proceso judicial. Las cortes siempre están buscando nuevas soluciones para estos problemas, incluyendo un uso más eficiente de los recursos existentes para ayudar a mejorar y ampliar el acceso al idioma en todo el estado. Para obtener más información sobre las eficiencias que la Corte Superior de Mono ha implementado para mejorar el acceso al idioma para todos los usuarios de la corte con LEP, consulte nuestro Plan de dominio limitado del inglés (LEP).

Para obtener información sobre el Consejo Judicial, consulte el Plan estratégico para el acceso al idioma en las Cortes de California.

Proceso de quejas

Las cortes de California quieren que todos los californianos, incluidos aquellos que no hablan bien inglés, tengan acceso a las cortes. Si tiene una queja sobre el acceso a los servicios de idiomas, o si desea proporcionar comentarios sobre los servicios de acceso de idiomas, puede enviar un formulario de queja utilizando uno de los formularios que se proporcionan a continuación. La corte proporciona versiones del formulario en español, inglés, chino (simplificado), chino (tradicional), armenio oriental, farsi, coreano, punyabí, ruso, español, tagalo y vietnamita.

El representante de acceso de idiomas de la corte revisará y responderá todas las quejas en relación con el acceso de idiomas y los intérpretes. La corte toma muy en serio todas las quejas sobre el acceso de idiomas y abordará las inquietudes de manera adecuada. Puede completar el formulario y entregarlo en persona, correo postal o correo electrónico. Consulte el formulario para obtener más instrucciones.

Formularios